Fue aprobado por el senado, la reforma en los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de vacaciones para ampliar de seis a 12 días el periodo anual de vacaciones.
El periodo vacacional aumentará en dos días, hasta llegar a 20 días por cada año subsecuente de servicios, y las personas deberán de disfrutar sus vacaciones de forma continua.
Esta reforma entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2023, con esta ley se pretende mejorar las condiciones de empleo.
Artículo 76. — Las personas trabajadoras que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un periodo anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a doce días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a veinte, por cada año subsecuente de servicios.
A partir del sexto año, el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios.
Artículo 78. — Las personas trabajadoras, deberán disfrutar en forma continua doce días de vacaciones, por lo menos.
Años Laborados |
Días de Vacaciones |
1 AÑO |
12 días |
2 AÑOS |
14 días |
3 AÑOS |
16 días |
4 AÑOS |
18 días |
5 AÑOS |
20 días |
DE 6 A 10 AÑOS |
22 días |
DE 11 A 15 AÑOS |
24 días |
DE 16 A 20 AÑOS |
26 días |
DE 21 A 25 AÑOS |
28 días |
DE 26 A 30 AÑOS |
30 días |
DE 31 A 35 AÑOS |
32 días |
Cabe señalar que aún debe de ser discutida y aprobada en la cámara de Diputados, para después ser turnada al jefe del Ejecutivo y así se logre su publicación.
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