Comunicado mediante el cual se declara como constitucional el límite máximo de tres meses para el pago de la PTU
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Comunicado mediante el cual se declara como constitucional el límite máximo de tres meses para el pago de la PTU
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Mediante el comunicado No. 101/2024 con fecha del 03 de abril de 2024, la Suprema Corte de Justicia de la Nación informó que es constitucional el límite máximo establecido en la Ley Federal de Trabajo para el pago del Reparto de Utilidades.

• El 23 de abril de 2021 se publicó un decreto, el cual reguló la figura de la subcontratación laboral y la guía para cumplir con las Obligaciones en Materia de Reparto de Utilidades, expedida por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

• Derivado del decreto, se estableció en la Ley Federal de Trabajo que el tope para el pago de la Participación en las Utilidades sería de tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años, y se aplicará el monto que resulte más favorable al trabajador.

• La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación validó que el monto de la participación de utilidades tenga como límite máximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de las participaciones recibidas en los últimos tres años, según le resulte más favorable a éste.

• En cuanto al tope de tres meses de salario, se destacó que este límite no es absoluto, ya que admite la posibilidad de que se tome en cuenta el promedio de la cantidad entregada a la categoría, plaza, cargo, nivel o puesto del trabajador durante los últimos tres años, siempre favoreciendo la mejor opción para éste.

• Ninguna de las opciones deberá afectar de manera retroactiva los derechos de los trabajadores, pues la Constitución Federal no prevé un límite mínimo para tales efectos.

 

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