Se les informa que el día de hoy fue publicado en el Diario Oficial de la Federación la SEXTA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025 y anexos 1 y 1-A.
En dicha resolución, se reforman las reglas 2.18.1., primer párrafo, fracción XII y actual quinto párrafo de la regla; 3.3.1.8., actual décimo párrafo; 3.3.1.17., actuales tercero y décimo párrafos, así como el Capítulo 11.4.
Entre tantos, se adiciona la regla 2.1.6. en la cual se destacada publicación de los días inhábiles para el SAT por el segundo periodo vacacional de fin de año que comprenderán del 18 de diciembre de 2025 al 2 de enero de 2026.
Se les pide considerar este periodo para temas del conteo de días en trámites y otras cuestiones relacionadas.
En JA DEL RÍO contamos con áreas especializadas en consultoría dispuestas para apoyar con estos y otros temas a considerar para asegurarnos que tu empresa cumple con las características aplicables para este acuerdo.
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