Iniciativa Reforma Fiscal Hacendaria 2017
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Iniciativa Reforma Fiscal Hacendaria 2017
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El pasado 8 de septiembre de 2016 el poder Ejecutivo Federal presentó ante el H. Congreso la propuesta del paquete económico para 2017. Entre las principales novedades fiscales se encuentran los siguientes temas:

Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR)

Nuevo Régimen de determinación de impuestos para Personas Morales constituidas por Personas Físicas.

Se contempla establecer un nuevo régimen para el pago de impuestos, en donde los ingresos y deducciones sean en base en flujo de efectivo para las personas morales que hayan sido constituidas únicamente por personas físicas y sus ingresos no sean superiores a 5 millones de pesos.

Propuesta de no considerar como ingresos acumulables apoyos económicos gubernamentales.

La modificación contemplaría que los apoyos económicos o monetarios que reciban los contribuyentes a través de programas presupuestarios gubernamentales, no se consideren ingresos acumulables, asimismo los gastos que se realicen con estos apoyos no serán deducibles.

Deducción de inversiones en infraestructura de hidrocarburos.

Se propone una tasa de 10% para la deducción de infraestructura fija para el transporte, almacenamiento y procesamiento de hidrocarburos, en plataformas y embarcaciones de perforación de pozos, así como en embarcaciones de procesamiento y almacenamiento de hidrocarburos.

Planes personales de retiro.

Se amplía la posibilidad de deducción a los planes de retiros, contratados de manera colectiva a través de asociaciones gremiales o semejantes.

Estímulo fiscal a la investigación y desarrollo tecnológico.

En los casos de proyectos de investigación y desarrollo tecnológico se propone otorgar un estímulo fiscal del 30% del total de los gastos e inversiones del proyecto, el cual será aplicable contra el impuesto sobre la renta del ejercicio, si el estímulo fiscal es mayor al impuesto del año el remanente podrá ser aplicado en los siguientes diez ejercicios.Para acceder a este beneficio se deberán cumplir reglas que se emitirán por un Comité especial que también será creado más adelante.

Estímulo fiscal para equipos de alimentación para vehículos eléctricos.

Para quienes inviertan en equipos de alimentación para vehículos eléctricos, siempre y cuando estos equipos sean sujetos de uso en lugares público, podrán acceder a un estímulo del 30% del montode dicha inversión, que podrá ser aplicado contra el impuesto del año, si el estímulo fiscal es mayor al impuesto del año el remanente podrá ser aplicado en los siguientes diez ejercicios

Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA)

Acreditamiento del impuesto en los períodos preoperativos.

Se propone que el IVA que corresponda a gastos e inversiones en periodos preoperativos se considere acreditable hasta el primer mes en que se realicen operaciones por las cuales se deba pagar el impuesto o cuando realicen operaciones con la tasa de IVA del 0%.

Exportación de servicios de tecnologías de la información.

Se propone dar tratamiento deexportaciónsujeta a la tasa del 0% a la prestación de servicios relacionados con tecnologías de la información, cuando sean aprovechados en el extranjero, algunas actividades son;

• Desarrollo, integración y mantenimiento de aplicaciones informáticas o de sistemas computacionales.
• Procesamiento, almacenamiento, respaldos de información, así como la administración de bases de datos.
• Alojamiento de aplicaciones informáticas,
• Desarrollo, integración y mantenimiento de aplicaciones informáticas o de sistemas computacionales,
• La continuidad en la operación de los servicios anteriores.

Código Fiscal de la Federación (CFF)

Firma electrónica.

Se propone que la firma electrónica pueda ser utilizada entre particulares, cuando éstos así lo acuerden y cumplan con los requisitos que establezca el SAT mediante reglas de carácter general y demás disposiciones jurídicas aplicables.

Representantes Legales en el Registro Federal de Contribuyentes.

Se pretende establecer una nueva obligación a los representantes legales de una persona moral para inscribirse en el registro federal de contribuyentes, con el fin de contar con la clave correspondiente y se pueda tener la certeza de su identidad.

Comprobantes fiscales digitales.

Los comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI) sólo podrán cancelarse cuando la persona que recibió el comprobante fiscal acepte su cancelación, el SAT promulgara reglas para llevar a cabo este procedimiento.

Facultades de comprobación de las autoridades fiscales.

Se pretende ampliar las facultades de comprobación de la autoridad, para que sean   ejercidas con el fin de verificar el debido cumplimiento de las obligaciones fiscales en comercio exterior, contenidas en la Ley Aduanera y su reglamento, así como las reglas generales de Comercio Exterior.

Multa relacionada con comprobantes fiscales.

Se incorpora el supuesto de multa por no cumplir con las especificaciones técnicas para la elaboración de comprobantes fiscales, la sanción será de $1.00 a $5.00 pesos por cada comprobante que no reúna los requisitos establecidos.

Obligación de expedir comprobantes fiscales digitales (CFDI) por dependencias públicas.

A partir de 2017 se propone que las contribuciones, productos, y aprovechamientos pagados a dependencias públicas sean amparadas con CFDI expedidos por dichas dependencias en relación a los servicios prestados, así como también la exigibilidad de CFDI por aquellos estímulos y aprovechamientos otorgados.

Pago de derechos para solicitar Acuerdos Precios Anticipados.

Se incrementa el pago de derechos para la solicitud de estudio y tramite de las operaciones entre partes relacionadas, sube el monto por esta solicitud a $216,308.51 pesos, asimismo por cada revisión del informe anual se aumenta el pago de derecho a $43,261.70 pesos.

Es importante mencionar, que el contenido del paquete económico es una iniciativa, por lo que en el transcurso de su aprobación pueden existir modificaciones, las cuales estaremos informando.

Cualquier duda al respecto estamos sus órdenes.

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