Prorroga en contabilidad electrónica.
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Prorroga en contabilidad electrónica.
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La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), informa que en materia de contabilidad electrónica:

La información relativa al catálogo de cuentas con código agrupador y balanza de comprobación de enero de 2015 podrá enviarse a más tardar los días 3 o 7 de abril para personas morales o personas físicas, respectivamente; esto es, en la misma fecha de vencimiento del envío de la información correspondiente a febrero de 2015.

Por lo que se refiere a las pólizas y auxiliares de cuenta deberán generarse con la información correspondiente a las operaciones realizadas a partir del 1 de julio, para entregarlas, cuando el SAT las requiera, con posteridad al 3 o 7 de septiembre de 2015, según corresponda a personas morales o personas físicas, respectivamente.

Cabe señalar que la información de las pólizas a las que se hace referencia se envía sólo cuando el SAT necesita verificar información contable o la procedencia de devoluciones y compensaciones. El día de hoy se publicó en el Portal del SAT, una regla a efecto de brindar la facilidad para presentar la información contable en las fechas antes señaladas, y en los próximos días será publicada en el Diario Oficial de la Federación.
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