Obligación de emitir un CFDI de Ingresos por pagos recibidos
Novedades
Obligación de emitir un CFDI de Ingresos por pagos recibidos
PDF

Hace algunos días,   les dimos a conocer que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) mediante una versión anticipada de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, otorga a los contribuyentes la facilidad de optar por   expedir el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) usando la versión 3.3 del Anexo 20 sin incorporar el complemento para recepción de pagos (CRP) hasta el 31 de agosto de 2018, siendo su uso obligatorio a partir del 1ro de septiembre de 2018.

Es importante mencionar, que está facilidad no exime a los contribuyentes de emitir un comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) por cada pago que se reciba con posterioridad a la emisión del CFDI que ampara el monto total de la operación.    Por lo que los contribuyentes deberán emitir un CFDI de tipo Ingreso por cada pago recibido, relacionándolo con el CFDI de Ingreso al que corresponda el pago utilizando las siguientes claves, según sea el caso:

08 - Factura generada por pagos en parcialidades

09 - Factura generada por pagos diferidos

Estas claves ya se encuentran en los catálogos publicados en el Portal del SAT, dentro del catálogo “TipoRelación”.

Como lo hemos venido mencionando en boletines anteriores, esta disposición no es nueva, ya que se trata de la obligación de emitir CFDI por pagos en parcialidades, cumplimiento vigente desde los comprobantes preimpresos.

Recomendamos cumplir con esta obligación, ya sea emitiendo un CFDI que incorpore el complemento de la recepción de pagos para los que ya estén en posibilidad de hacerlo, o emitiendo un CFDI de Ingreso que ampare cada pago recibido.

En JA del Rio podemos asesóralos y ayudarles con el proceso de revisión y cumplimiento de requisitos establecidos en materia de CFDI.

Quedamos a sus órdenes para cualquier duda o aclaración al respecto.

Newsletter
Suscríbete a nuestro

Newsletter

Correo electrónico no válido.
Esta cuenta de correo ya está registrada.
Es necesario aceptar el aviso de privacidad.
Gracias por suscribirse.
Artículos Relacionados
COMPARTIR ESTE ARTÍCULO