IMSS implementa el uso obligatorio del buzón digital
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IMSS implementa el uso obligatorio del buzón digital
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IMSS- Uso obligatorio del buzón

El pasado 7 de junio de 2024 se publicó en el DOF el decreto con el cual se reforman los artículos 286 L, párrafos primero y tercero; 286 M, primer párrafo; se adicionan las fracciones XXIII y XXIV al artículo 5 A y los párrafos segundo, tercero, cuarto y quinto al artículo 286 M y, se deroga el segundo párrafo del artículo 286 L de la Ley del Seguro Social

¿Qué vuelve obligatorio el uso del buzón IMSS?

En el artículo 286 M se establece que el Instituto realizará notificaciones, citatorios, emplazamientos; requerir o solicitar informes o documentación, o emitir resoluciones e informar sobre aspectos de interés a las personas particulares, a través del Buzón IMSS.

Las personas particulares deberán registrar y mantener actualizados los medios de contacto con el Instituto, de acuerdo con los lineamientos que para tal efecto apruebe el Consejo Técnico.

Cuando las personas particulares, no habiliten, señalen datos erróneos, no registren o no actualicen sus medios de contacto, el Instituto podrá efectuar sus notificaciones de conformidad con lo dispuesto en el artículo 134, fracción III el Código.

Por otra parte, es importante recordar que el buzón del IMSS es el sistema de comunicación electrónico implementado, administrado por el Instituto Mexicano del Seguro Social y establecido en su página de Internet, a través del cual podrá realizar la notificación de cualquier acto, requerimiento o resolución administrativa que emita en documentos digitales, e informar sobre aspectos de interés. Quienes podrán presentar ante el Instituto, las promociones o solicitudes relacionadas con el ejercicio de las facultades de éste, son las y los derechohabientes, patrones, sujetos obligados, contadores públicos, contadores públicos autorizados, responsables solidarios, terceros relacionados, sean personas físicas o morales y representantes legales que realicen actuaciones ante el Instituto.

Uso de buzón IMSS

El Instituto Mexicano del Seguro Social publicará en el Diario Oficial de la Federación dentro de un plazo de 60 días, los trámites y servicios disponibles en el Buzón IMSS, así como sus reglas de carácter general para su operación, hasta en tanto no se publiquen las nuevas reglas de carácter general, seguirán vigentes los "Lineamientos Generales para el Uso del Buzón IMSS"  los cuales una vez que se emitan las reglas de carácter general, se tendrán por derogadas las disposiciones legales, administrativas y reglamentarias que se opongan a las contenidas en el presente Decreto.

Agradecemos la atención al presente y les recordamos que como siempre nuestro personal en JA del Río se encuentra a sus órdenes para apoyarles, así como brindarles alternativas y soluciones para atender estas disposiciones. 

 

Si desea saber más acerca de nuestros servicios, por favor contáctenos: contacto@jadelrio.com

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