El día de ayer, 28 de agosto de 2025, la Presidencia de la República, a través del Diario Oficial de la Federación, publicó una modificación relevante al Decreto IMMEX, mediante la cual se amplía de manera significativa la lista de mercancías que ya no podrán importarse temporalmente bajo este Programa. La modificación entrará en vigor el día de hoy, 29 de agosto de 2025.
Motivos de la modificación:
Entre los bienes que ya no podrán ser importados temporalmente bajo el Programa IMMEX en virtud de esta modificación, destacan:
Se anexa al presente un archivo señalado como “Mercancías restringidas - Decreto IMMEX”, donde podrán consultar las 370 fracciones arancelarias restringidas.
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