Puntos más relevantes sobre la aprobación de la nueva LIGIE
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Puntos más relevantes sobre la aprobación de la nueva LIGIE
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Cada cinco años, el Comité del Sistema Armonizado de la Organización Mundial de Aduanas (OMA) revisa el Sistema Armonizado (SA) y emite recomendaciones, también llamadas enmiendas, que implican la modificación y actualización de la tarifa arancelaria.

Esta actualización contempla la clasificación arancelaria específica para la resolución de problemas ambientales y sociales, como: Nuevos productos del tabaco y nicotina, Kits de diagnóstico rápido (virus Zika), mercancías de uso dual, químicos con potencial de calentamiento global.

Para esta séptima enmienda que se esperaba fuera adoptada y obligatoria a partir del 01 de enero del 2022, ahora se establece que entrará en vigor el 07 de junio del 2022. Los principales cambios en esta séptima enmienda se centran mayormente en lo siguiente:

Nivel Creación Modificación Eliminación
Subpartida 362 94 130
Fracción arancelaria 531 594 243


Los capítulos más afectados por estas modificaciones han sido los siguientes: 

  • Capítulo 3: Pescados y crustáceos, moluscos y otros invertebrados acuáticos.
  • Capítulo 15: Grasas y aceites animales o vegetales; productos de su desdoblamiento; grasas alimenticias elaboradas; ceras de origen animal o vegetal.
  • Capítulo 29: Productos químicos orgánicos.
  • Capítulo 30: Productos farmacéuticos.
  • Capítulo 38: Productos diversos de las industrias químicas.
  • Capítulo 44:Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera.
  • Capítulo 84:Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas máquinas o aparatos.
  • Capítulo 85:Máquinas, aparatos y material eléctrico y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imágenes y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos. 
  • Capítulo 87: Vehículos automóviles, tractores, ciclos y demás vehículos terrestres, sus partes y accesorios. 
  • Capítulo 90: Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o de precisión; instrumentos y aparatos medicoquirúrgicos; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos. 
  • Capítulo 94: Muebles; mobiliario medicoquirúrgico; artículos de cama y similares; aparatos de alumbrado no expresados ni comprendidos en otros capítulos; anuncios, letreros, placas indicadoras, luminosos y artículos similares; construcciones prefabricadas.

Puedes consultar el documento completo, así como las versiones preliminares de la LIGIE y TIGIE con los cambios aplicables aquí:

Séptima Enmienda al Sistema Armonizado
Versión preliminar de la LIGIE capítulo 1-54
Versión preliminar de la LIGIE capítulo 55-98

Con la próxima entrada en vigencia de la 7° Enmienda, es importante ver qué cambios hay. En JA del Rio recomendamos  a las empresas que hagan una revisión de todos los incisos con los que hacen sus envíos o importan producto para que al momento que entre en vigencia, sepan si hay modificaciones al inciso, a la descripción o más contenido del mismo.

 

En caso de requerir información adicional al respecto comuníquese con nosotros y con gusto lo apoyaremos.

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