El pasado 05 de agosto se publicó en el DOF, el Acuerdo ACDO.AS2.HCT.230724/261.P.DIR del IMSS aprueba los lineamientos para la operación del Buzón IMSS, un sistema para gestionar trámites y servicios digitales. Se derogan acuerdos previos relacionados con el Buzón IMSS. Se instruye a las áreas correspondientes a implementar y aclarar aspectos técnicos y legales del sistema. El acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ha aprobado nuevos lineamientos generales para la operación del Buzón IMSS. Este acuerdo, dictado por el H. Consejo Técnico en la sesión ordinaria del 23 de julio de 2024, establece las normas para la utilización del Buzón IMSS y presenta una lista de trámites y servicios disponibles y por ofrecerse a través de esta plataforma electrónica.
Principales Cambios y Disposiciones
1. Aprobación y Anulación de Lineamientos Previos:
- Se aprueban los nuevos lineamientos generales para la operación del Buzón IMSS.
- Se dejan sin efecto los acuerdos previos de los años 2020 y 2022 que regulaban el uso del Buzón IMSS.
2. Obligaciones y Responsabilidades:
- Las personas particulares deberán registrar mecanismos de comunicación como correo electrónico y número de teléfono móvil.
- Todas las actuaciones deberán ser firmadas con la e.firma vigente emitida por el SAT.
3. Disponibilidad de Trámites y Servicios:
- Los trámites y servicios disponibles se actualizarán periódicamente y se publicarán en el Diario Oficial de la Federación y en la página web del IMSS.
4. Notificaciones Electrónicas:
- El IMSS efectuará notificaciones de actos y resoluciones administrativas a través del Buzón IMSS.
- Se establece un plazo de tres días hábiles para que los destinatarios abran los documentos notificados; de lo contrario, la notificación se considerará realizada al cuarto día hábil.
5. Mantenimiento de Información:
- El IMSS conservará los documentos digitales firmados con e.firma durante los plazos previstos por la Ley.
- Las actuaciones realizadas a través del Buzón IMSS tendrán el mismo valor legal que los documentos firmados autógrafamente.
Lista de Trámites y Servicios Destacados
• Administración y Actualización de Medios de Contacto:
- Registro de correos electrónicos y números de teléfono móvil.
• Notificaciones Electrónicas:
- Resoluciones de Determinación de Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo.
- Multas y requerimientos de información.
• Documentación y Consultas:
- Constancia de Semanas Cotizadas.
- Consulta de Vigencia de Derechos.
• Promociones Electrónicas y Fiscalización:
- Aclaraciones y orientaciones sobre el funcionamiento del Buzón IMSS.
- Fiscalización electrónica y cobranza.
• Clasificación de Empresas y Vigencia de Derechos:
- Modificaciones en el Seguro de Riesgos de Trabajo.
- Consulta de riesgos de trabajo terminados y semanas cotizadas.
Procedimiento para Habilitar el Buzón IMSS
1. Registro de Medios de Contacto:
- Acceso a través de la página web del IMSS.
- Confirmación de medios de contacto registrados dentro de 72 horas.
2. Firma de Términos y Condiciones:
- Firma electrónica de los términos y condiciones para el uso del Buzón IMSS.
3. Actualización Continua:
- Mantener actualizados los mecanismos de comunicación.
Consideraciones Adicionales
• Confidencialidad de Datos:
- Los datos personales serán tratados conforme a las leyes de transparencia y protección de datos.
• Sanciones:
- De acuerdo con el artículo 304-A de la Ley del Seguro Social, las sanciones pueden incluir multas que van desde 20 hasta 350 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA). (2,171.40 a 37,999.50 pesos)
En caso de tener alguna duda, JA. DEL RÍO pone a disposición a sus expertos para que puedan asesorarlos en materia de cumplimiento de disposiciones fiscales, por lo que nos reiteramos a sus órdenes en la cuenta de correo electrónico: contacto@jadelrio.com