Flash news - Aspectos contables y de Cumplimiento en Colombia
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1. Funciones de inspección, vigilancia y control de las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.

A través del Decreto 326 de marzo de 2023 se delegó en la Superintendencia de Sociedades el ejercicio de las funciones de inspección, vigilancia y control sobre este tipo de entidades. Como resultado de esta designación de funciones, la Superintendencia de Sociedades ya requirió un primer reporte de información a través del informe No. 77 (cuyo plazo de vencimiento fue el pasado 31 de julio) con el fin de iniciar un trabajo de coordinación con otras entidades que ejercen inspección y vigilancia sobre las Entidades sin ánimo de lucro. Como parte de las acciones de capacitación y comunicación que al respecto ha venido realizando en estos meses la Superintendencia, vale la pena recalcar que:

- El objeto y alcance de las funciones delegadas comprende la atribución de supervisar a las referidas entidades para que “sus rentas se conserven y sean debidamente aplicadas y para que en todo lo esencial se cumpla con la voluntad de los fundadores” de acuerdo con el numeral 26 del artículo 189 de la Constitución Política.

- Las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia tienen obligación de llevar contabilidad.

- El artículo 166 del Decreto Ley 019 de 2012 ordena el registro de estas sociedades ante la Cámara de Comercio correspondiente.

Ver: https://jadelrio.com/Boletines/Colombia/Flash39/1.Capacitacion-de-funciones-inspeccion-vigilancia-y-control-ESALES-extranjeras.pdf 

 

2. Nuevo Informe 75 -SAGRILAFT y PTEE.

La Superintendencia de Sociedades emitió el pasado 11 de septiembre la Circular Externa 100-000003 por medio de la cual:

- Se establecen los plazos y requisitos mínimos para la presentación del informe 42 – Prácticas empresariales, cuya responsabilidad recae sobre sobre los administradores de los sujetos obligados.

- Se integra en el informe 75 SAGRILAFT y PTEE los anteriores. Informe 50 Prevención de Riesgos LA/FT/FPADM – SAGRILAFT y el Informe 52 Programa de Transparencia y Ética Empresarial – PTEE, y se establecen los plazos y requisitos de presentación.

- Se establecen los requisitos y plazos para la presentación del informe 58-Oficiales de cumplimiento, el cual debe enviarse dentro de los 15 días hábiles siguientes al nombramiento, pudiendo ocurrir en cualquier momento del año; con el posterior envío de los documentos adicionales.

Ver: https://jadelrio.com/Boletines/Colombia/Flash39/2.Circular-Cumplimiento-2023-01-734390.PDF

 

3. Efectos jurídicos de la firma del Revisor fiscal.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) envió comunicación oficial a la Superintendencia de Sociedades, en la que plantea algunas observaciones respecto al concepto emitido por dicha Superintendencia a través del Oficio No. 220-142346 de 2023, en el que se concluía que “el registro del nombramiento de representante legal o revisor fiscal tiene un carácter constitutivo, en la medida que tal designación sólo produce efectos jurídicos cuando ha sido inscrita en la respectiva cámara de comercio”.

El CTCP considera y manifiesta en concordancia con la normatividad legal y jurisprudencia al respecto, que el registro en Cámara de comercio de la designación del Revisor Fiscal es responsabilidad de la entidad contratante, y el mismo tiene un carácter meramente declarativo e informativo para efectos de la publicidad frente a terceros; mientras que la designación como revisor fiscal es de carácter constitutiva, toda vez que lo habilita para asumir el cargo, ejercer sus funciones y facultades, así como le exige responder por sus funciones, desde su nombramiento.

Ver:

- https://jadelrio.com/Boletines/Colombia/Flash39/3.OFICIO220-142346-19DEJULIODE2023.pdf

- https://www.ctcp.gov.co/noticias/2023/ctcp-dirige-comunicacion-a-la-superintendencia-de

 

El contenido del presente boletín es meramente informativo, razón por la cual no podrá utilizarse bajo ninguna circunstancia como una asesoría en la materia descrita en el mismo. En caso de necesitar asesoría en alguno de los aspectos tratados, nuestro equipo de profesionales estará dispuesto a atenderlo. contacto@jadelrio.com

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