Durante la licencia por enfermedad, el empleador debe pagar el 50 % del salario durante los tres primeros días de baja por enfermedad de un empleado, mientras que La Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) paga el otro 50 %. La CCSS paga el 60% del salario desde el cuarto día de la licencia por enfermedad y hasta 52 semanas sin obligación por parte del empleador de pagar el salario durante el resto del período de licencia por enfermedad.
De conformidad con el Artículo 79 del Código del Trabajo, el empleador está obligado a proporcionar:
Link: https://www.mtss.go.cr/elministerio/marco-legal/documentos/Codigo_Trabajo_RPL.pdf
De conformidad con el artículo 61 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), el derecho para el cobro de incapacidades prescribe en seis (6) meses, posteriores al otorgamiento de dicha incapacidad.
Pasos para que un colaborador cobre la incapacidad:
El sistema de pago de incapacidades de la CCSS en Costa Rica está diseñado para proteger a los empleados durante sus períodos de incapacidad, asegurando que reciban una compensación justa.
Link: https://www.ccss.sa.cr/
Jornadas Ordinarias
Ejemplo:
Horas trabajadas más allá de la jornada ordinaria
Pago: 50% adicional (hora normal x 1.5).
Ejemplo:
Continua: Descanso de 30 minutos a 1 hora dentro del lugar de trabajo. El descanso cuenta como parte de la jornada.
Ejemplo:
Fraccionada: Descanso de 1 hora o más fuera del lugar de trabajo. El descanso no cuenta como parte de la jornada.
Ejemplo:
Consideraciones Salariales:
Notas Adicionales:
Estas directrices aseguran una correcta aplicación de las jornadas laborales conforme a la normativa vigente en Costa Rica.
Link: https://www.mtss.go.cr/elministerio/marco-legal/documentos/Codigo_Trabajo_RPL.pdf
El pago de horas extras es un tema importante en el derecho laboral de Costa Rica, afectando tanto a trabajadores como a patronos.
Definición de Hora Extra
Una hora extra es el tiempo que un trabajador dedica a sus funciones más allá de su jornada laboral establecida. Por ejemplo, si la jornada laboral es de 8 horas y el trabajador permanece una hora adicional, esta hora se considera extra.
Tipos de Horas Extras
En Costa Rica, las horas extras se clasifican según el horario en el que se trabajen.
I. Horas extras diurnas: Son las que se trabajan después de la jornada ordinaria diurna y hasta las 10:00 p.m.
Ejemplo:
II. Horas extras nocturnas: Son las que se trabajan después de las 10:00 p.m. y hasta las 6:00 a.m.
Ejemplo:
III. Horas extras mixtas: Son las que se trabajan dentro de la jornada ordinaria diurna y se extienden hasta la jornada nocturna.
Ejemplo:
El marco legal que regula el pago de horas extras en Costa Rica está establecido en el Código de Trabajo. Esta normativa específica las condiciones y tasas bajo las cuales se deben pagar las horas extraordinarias, garantizando la protección de los derechos de los trabajadores.
Link: https://www.mtss.go.cr/elministerio/marco-legal/documentos/Codigo_Trabajo_RPL.pdf
Conforme a lo anterior, la normativa vigente en Costa Rica establece claramente que las horas extraordinarias deben ser remuneradas a una tasa más alta que las horas regulares, en reconocimiento al esfuerzo adicional del trabajador y en cumplimiento con las regulaciones de seguridad y salud laboral.
El contenido del presente boletín es meramente informativo, razón por la cual no podrá utilizarse bajo ninguna circunstancia como una asesoría en la materia descrita en el mismo. En caso de necesitar asesoría en alguno de los aspectos tratados, nuestro equipo de profesionales estará dispuesto a atenderlo. contacto@jadelrio.com