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1.Amplían plazo para presentar la información del RUB – Registro único de beneficiarios finales.

La DIAN publicó la Resolución 1240 del 28 de septiembre de 2022, a través de la cual modifica los plazos para suministrar la información en el Registro Único de Beneficiarios Finales.

Las personas jurídicas, estructuras sin personería jurídica y similares, que se hayan constituido o creado al 31 de mayo de 2023, deberán reportar su información del RUB a más tardar el 31 de julio de 2023. 

Las personas jurídicas, estructuras sin personería jurídica y similares, constituidas o creadas a partir del 01 de junio de 2023, deberán efectuar el suministro de la información dentro de los dos meses siguientes a la inscripción en el RUT.

Ver: https://Resoluci%C3%B3n%20Beneficiario%20Final.pdf 

 

2.La DIAN emitió doctrina respecto a las operaciones comparables en precios de transferencia.

En concepto 1018 de agosto de 2022, la DIAN aclara la definición de “comparable interno” para efecto de precios de transferencia. Para la Dirección de impuestos la interpretación se da con base en las directrices de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos - OCDE, donde se entiende que es una operación comparable con una parte independiente y por ende debe revisarse lo contenido en el artículo 260-4 del ET.

Ver: https://CON%20100208192-1018%2022%20Doctrina%20de%20la%20DIAN.pdf 

 

3.Consejo de Estado unificó Jurisprudencia respecto del término para imputar los arrastres de saldos a favor contemplados en el Ley Anti- trámites.  

Mediante Sentencia 23854 del 08 de septiembre de 2022, El Consejo de Estado emitió sentencia de unificación jurisprudencial sobre el tiempo en el cual se puede imputar los saldos a favor o anticipos, con base en lo contenido en la Ley anti-tramites. Es así como la Sala considera que dichas imputaciones no están sometidas al límite del término de firmeza de las declaraciones de impuestos, ni a los términos de oportunidad para realizar correcciones.

Ver: https://23854%20Termino%20para%20modificar%20arrastro.pdf 

 

4.La DIAN se pronunció respecto a la aplicación de la Ley en el tiempo.

A través del concepto 1096 del 06 de septiembre de 2022, la Administración de impuestos interpreta que a menos que haya expresa disposición legislativa, no existe en materia tributaria un mandato que exija la aplicación inmediata de las normas que modifican de manera beneficiosa los elementos de los tributos como la renta y por lo tanto, no podrá alegarse “favorabilidad” para sustentar la aplicación inmediata de la ley.

Ver:  https://CON%20DIAN%201096.pdf 

 

Si requiere más información, contáctenos y estaremos complacidos en asistirle:  contacto@jadelrio.com

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