Actualizaciones Laborales Colombia: Fiebre Amarilla, Horas de Trabajo y Seguridad en el Entorno Laboral.
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Actualizaciones Laborales Colombia: Fiebre Amarilla, Horas de Trabajo y Seguridad en el Entorno Laboral.
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1.Prevención de Fiebre Amarilla 

El Ministerio de Trabajo expidió el pasado 22 de Abril de 2025 la Circular 0045 por la cual, establece acciones de promoción y prevención en riesgos laborales para los trabajadores ante la emergencia sanitaria por brote del virus de la fiebre amarilla.

i. Educación y prevención

ii. Capacitación en síntomas y medidas

iii. Uso de protección personal

iv. Control de vectores y vigilancia

v. Actualizar la matriz de identificación de peligros

vi. Apoyo en salud mental

vii. Seguir recomendaciones de la ARL y el Ministerio de Salud

viii. Vacunación 

ix. Ambientes Seguros

El incumplimiento de lo previsto en la normativa legal vigente incurrirá en sanciones según lo establecido

Ver: Documento anexo en formato pdf.

 

2. Reducción Jornada Laboral 2025

Según la implementación gradual de la Ley 2101 de 2021, la tercera de las cuatro reducciones de la Jornada Laboral ocurrirá en 2025, a partir del 15 de Julio, la jornada máxima se reducirá en 2 horas, pasando de 46 a 44 horas semanales.

Por favor considere los siguientes puntos claves a considerar con esta reducción:

i. La reducción aumentará el valor de la hora ordinaria y trabajo suplementario

ii. Ajuste de la jornada de ingreso y salida de los colaboradores.

Ver: Documento anexo en formato pdf.

 

3.  El Ministerio de Trabajo expidió el pasado 01 de Abril de 2025 El Decreto 0405 de 2025 por la cual establece nuevas medidas contra el Acoso Sexual Laboral.

i. Actualizar el Reglamento Interno de Trabajo:

• Incluir definiciones claras de acoso Sexual laboral.

• Establecer rutas de denuncia confidencial

ii. Capacitación Obligatoria:

• Talleres anuales para todos los empleados.

• Enfoque en identificación y prevención

iii. Comité de Convivencia Laboral:

• Nuevas funciones para investigar casos

• Plazo máximo de 15 días para responder

iv. Sanciones:

• Multas hasta 1.000 SMMLV para empresas que no cumplan.

• Despidos con justa causa para acosadores comprobados.

Ver: Documento anexo en formato pdf.

 

El contenido del presente boletín es meramente informativo, razón por la cual no podrá utilizarse bajo ninguna circunstancia como una asesoría en la materia descrita en el mismo. En caso de necesitar asesoría en alguno de los aspectos tratados, nuestro equipo de profesionales estará dispuesto a atenderlo. contacto@jadelrio.com

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